San Rafael Pie de la Cuesta

San Rafael Pie de la Cuesta
Municipio

Municipalidad de San Rafael Pie de la Cuesta
San Rafael Pie de la Cuesta ubicada en Guatemala
San Rafael Pie de la Cuesta
San Rafael Pie de la Cuesta
Localización de San Rafael Pie de la Cuesta en Guatemala
San Rafael Pie de la Cuesta ubicada en San Marcos (Guatemala)
San Rafael Pie de la Cuesta
San Rafael Pie de la Cuesta
Localización de San Rafael Pie de la Cuesta en San Marcos
Mapa
Mapa interactivo de San Rafael Pie de la Cuesta.
Coordenadas 14°56′00″N 91°55′00″O / 14.93333333, -91.91666667
Idioma oficial Español[1]
Entidad Municipio
 • País Bandera de Guatemala Guatemala
 • Departamento  San Marcos
Eventos históricos  
 • Fundación 1850
 • Creación 4 de octubre
Superficie  
 • Total 60 km² Ver y modificar los datos en Wikidata
Altitud  
 • Media 1039 m s. n. m.
Clima tropical, Am
Población (2021)[2]  
 • Total 18 352 hab.
 • Densidad 305,87 hab./km²
 • Urbana 4381 hab.
IDH (2018) 0,692 (Puesto 50.º) – Alto
Huso horario UTC−6
Código postal 12011
Prefijo telefónico 502
Fiestas mayores 14 al 25 de octubre
Patrono(a) arcángel Rafael

San Rafael Pie de la Cuesta («San Rafael»: en honor a su santo patrono Rafael Arcángel; «Pie de la Cuesta»: por su ubicación geográfica) es un municipio del departamento de San Marcos de la región sur-occidente de la República de Guatemala. El municipio celebra su fiesta titular del 14 al 25 de octubre en honor a su patrón San Rafael Arcángel, y los pobladores escogen una reina de belleza para conmemorar la fiesta.

La cabecera municipal es un pequeño pueblo con techos de tejas rojas y abundancia de árboles, en el norte del departamento de San Marcos. Aunque parte de San Marcos es frío, el municipio de San Rafael Pie de la Cuesta no es considerado un municipio muy frío por los guatemaltecos ya que está cerca de la llanura costera.[3]

Toponimia[editar]

El poblado de San Rafael Pie de la Cuesta fue elevado a categoría de municipio el 4 de enero de 1850 pero también existen documentos que dicen que en realidad se fundó el 5 de enero.[4]​ como municipio oficial del departamento de San Marcos. El municipio fue llamado «Pie de la Cuesta» por su ubicación geográfica, ya que se encuentra en la Llanura costera (además por ser un municipio muy caluroso a comparación del resto de San Marcos).

Demografía[editar]

El municipio tiene una población aproximada de 18,352 habitantes, para 2021, según el Censo de Población del año 2018 con una densidad de 306 habitantes por kilómetro cuadrado aproximadamente. El 22% de la población es del área urbana y el 78% están en el área rural.[5]

Geografía física[editar]

El municipio de San Rafael Pie de la Cuesta tiene una extensión territorial de 60 km².

Clima[editar]

La cabecera municipal de San Rafael Pie de la Cuesta tiene clima tropical (Köppen: Am).

  Parámetros climáticos promedio de San Rafael Pie de la Cuesta 
Mes Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic. Anual
Temp. máx. media (°C) 28.5 28.8 30.0 30.1 29.7 28.5 29.1 29.2 28.3 28.2 28.4 28.4 28.9
Temp. media (°C) 22.4 22.6 23.6 24.0 23.9 23.2 23.4 23.5 23.1 22.9 22.9 22.5 23.2
Temp. mín. media (°C) 16.4 16.5 17.2 18.0 18.2 17.9 17.7 17.8 17.9 17.7 17.4 16.7 17.5
Precipitación total (mm) 50 56 122 256 516 674 493 505 691 571 184 78 4196
Fuente: Climate-Data.org[6]

Ubicación geográfica[editar]

San Rafael Pie de la Cuesta se encuentra a una distancia de 27 km de la cabecera departamental San Marcos y completamente rodeado por municipios del departamento homónimo:

Norte: San Pablo
San Marcos
Oeste: El Rodeo
El Tumbador
San Pablo
Este: Esquipulas Palo Gordo
San Marcos[7]
Sur: El Tumbador[7]

Gobierno municipal[editar]

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.º Ley Descripción
1 Constitución Política de la República de Guatemala Tiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2 Ley Electoral y de Partidos Políticos Ley de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3 Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5 Ley General de Descentralización Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios de Guatemala está a cargo de un Concejo Municipal[1]​ mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal». Por último, el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[8]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[1][8]

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Véase también[editar]

Notas y referencias[editar]

Referencias[editar]

Bibliografía[editar]

Enlaces externos[editar]